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1. Motivaciones y planteamiento
La prolongada
polémica de “la clase de Religión”, ahora reverdecida con la LOE y que ha
atravesado todas y cada una de las legislaturas de nuestra democracia, pone de
relieve las contradicciones y aporías no resueltas de nuestra particular
situación socio-política. Es un claro exponente, “ejemplar” por representativo,
de la relación de fuerzas y mentalidades que divide a la sociedad española y que
la empantana en la repetición, el empecinamiento y, finalmente, la detiene en
unos callejones sin salida. De ahí, la imposibilidad de llegar al ansiado “pacto
de Estado” en esta materia.
Si alcanzáramos
a hacer luz en este punto crucial, se iluminarían colateralmente otros muchos.
Por eso, hablo de “ejemplar”, ahora en el sentido de “modélico” y deseable, pues
supondría un claro avance en la concepción de la educación en nuestro país y de
su papel de cara al futuro. Con este ánimo nace esta humilde contribución.
La solución
jamás vendrá por la vía puramente política y coyuntural, como fruto de las
estrategias, los juegos de fuerzas y los “parcheos” instrumentales. Hemos de
partir de un modelo de educación, que tenga las siguientes
características:
-
Que responda, por un lado, a nuestras tradiciones comunes y constitutivas
del cuerpo social, en atención a su historia y a sus experiencias colectivas más
saludables; y, por otro lado, a las demandas e innovaciones que están presentes
en el ánimo actual de nuestra sociedad.
-
Que, además de una preparación técnica y eficacista de los alumnos,
busque una formación integral, en la que prime la transmisión de principios y
valores, para una integración positiva e ilusionada en la vida social.
-
Que se fundamente en un cuerpo de principios y valores, éticos y
cívicos, que exprese claramente la mentalidad y los deseos de los españoles
actuales, en sus constantes más arraigadas y dominantes, por encima de sus
formulaciones o matices expresivos. Como referentes concretos se han de tener
especialmente en cuenta:
o
Los valores democráticos que inspiran nuestra actual Constitución
y sus consecuencias prácticas.
o
La Declaración Universal de los Derechos humanos, tal y como es
aceptada, interpretada y puesta en práctica en los países de nuestra común
tradición europea y occidental.
Las diversas
enseñanzas filosóficas y religiosas, desde su propia originalidad, han de poder
articularse con el “corpus” anteriormente descrito, para ser impartidas con la
misma finalidad y dirección: la formación integral de la persona y del ciudadano
en la España de hoy.
Es evidente que
las tradiciones filosóficas, éticas y religiosas tienen sus propias
particularidades, e incluso presentan contradicciones entre sí. No se trata de
podarlas o reducirlas a su común denominador. Sin embargo, su inserción en el
ámbito docente tendría que atender a las siguientes pautas pedagógicas:
-
No ocultar las diferencias; más aún respetarlas y favorecerlas, pues son
en sí mismas educativas y no necesariamente hostiles o disgregadoras. Por lo
tanto, enseñar desde la propia identidad y coherencia. Pero, al mismo tiempo,
buscar positiva y principalmente la convergencia con el “corpus” común,
orillando las polémicas estériles, las cuestiones-límite y demasiado
coyunturales u opinables. En la Educación Secundaria se ha de formar en lo
esencial, con unidad interna y madurez progresivas, para que, llegado el
momento, el individuo pueda decidir libremente por sí mismo y orientarse en las
cuestiones más debatidas.
-
La docencia de las religiones no ha de ser puramente “informativa”
(datos, historia, contenidos noéticos neutros…) sino “formativa” (fundamentar
convicciones, articular y relacionar conocimientos razonada y sistemáticamente…)
y también “crítica” (dar criterios, capacidad de discernimiento, alertar sobre
las perversiones y corruptelas que acechan a la propia tradición…). En todo
caso, tiene que ser “docencia”; es decir transmisión de conocimientos con
competencia profesional y con estilo académico, que encaje dentro del ámbito
escolar.
-
La elección de la forma concreta de dichas tradiciones (confesionales o
no…) es responsabilidad e iniciativa irrenunciable de los padres. Pero éstos han
de saber que su responsabilidad no es única ni absoluta sino que tiene que
articularse con la responsabilidad e iniciativa social y estatal, que cubre
otras áreas educativas y responde a otras motivaciones. Familia y Colegio han de
ser complementarios en aras de una educación de calidad, sin obstrucciones ni
fundamentalismos.
-
El entronque con el “corpus” común ha de ser orgánico
(respondiendo a un mismo modelo de educación básica y a unas mismas
finalidades), social (en atención al bien común y no para cumplir con las
pretensiones de unas entidades particulares o unas corrientes ideológicas, por
muy mayoritarias que éstas sean) y creativo (para dar una respuesta audaz
a las realidades presentes, con capacidad de adelantarse y modelar el futuro de
nuestra sociedad). Un sistema educativo que vaya dando tumbos por detrás de los
problemas que se presentan o de los hechos consumados es en sí mismo deficiente.
2.
Desarrollo del Proyecto
El área
“Fundamentos” (denominación provisional y puramente indicativa)
comprendería, por lo tanto, dos sub-áreas o secciones, relacionadas y
coordinadas entre sí.
A. Fundamentos sociales
Es necesario y
hasta urgente, en la actual situación de pluralismo social, que todos los
alumnos de nuestros país (no entro aquí en la diferenciación territorial) puedan
recibir conjuntamente los principios, los valores y las pautas comunes para una
recta comprensión de nuestra sociedad y una buena inserción en la misma. Este
“corpus” ha de ser vinculante pedagógica y académicamente para los alumnos de
todas las etnias, credos, culturas y pertenencias familiares.
Precisamente
por eso, este “corpus” fundamental básico tiene que ser pensado y diseñado con
el máximo consenso posible por la mayoría de las instancias concernidas. A modo
de ejemplo, me permito señalar:
-
Partidos políticos, representantes del pueblo soberano.
-
Consejos u órganos consultivos del Estado. Consejos de sabios y de
expertos. Comités de ética.
-
Academias y Colegios profesionales
-
Asociaciones y Sindicatos de enseñantes, familias y padres de alumnos
La sección de
Fundamentos sociales se impartiría por un profesorado especializado, con
titulación y formación acorde con la orientación de dicha disciplina. En el caso
de la enseñanza pública, habrían de ser profesores de plantilla del centro, con
un estatuto profesional similar al del resto del profesorado.
La asignatura
sería evaluable en las condiciones que se señalan más adelante.
B.
Fundamentos religiosos
Entramos aquí
en el terreno tan intrincado y controvertido de la “enseñanza religiosa”. Para
su recta comprensión y desarrollo ha de tenerse en cuenta la globalidad de este
Proyecto. Por lo tanto, se habrían de observar las orientaciones
siguientes:
- La enseñanza
de la religión ha de tener en cuenta la sección de Fundamentos sociales,
para coordinar con ella sus contenidos, delimitar las zonas fronterizas y
aportar la ciencia religiosa con un ánimo positivo y colaborador, sin excluir la
parte de crítica que sea conveniente. Es decir, la “clase de religión”, sin
mermar su propia originalidad, ha de evitar ser concebida como un compartimento
estanco, absolutamente tangencial y periférico respecto a las demás enseñanzas
académicas.
- Ha de tener y
mantener en todo momento un rigor académico. Aunque parta de unas convicciones
espirituales, no ha de adoptar la forma propia de la “catequesis” o del mero
testimonio de vida, que remiten a otros ámbitos y metodologías. No es tampoco un
“taller” o una “actividad extraescolar”. Por lo tanto, ha de ser curricular y
evaluable.
Dada su
especial idiosincrasia, la sección de Fundamentos religiosos ha de
responder a estas características prácticas:
-
Para respetar la libre opción de los padres, el centro ha de ofrecer las
enseñanzas de las distintas confesiones religiosas, que correspondan a las
demandas razonables del alumnado.
-
La Administración del Estado ha de poder controlar estas enseñanzas
confesionales con una finalidad cautelar:
§
Que corresponda a confesiones religiosas inscritas legalmente en
el registro del Ministerio de Justicia, excluyendo aquellas de carácter dudoso o
sectario.
§
Que los programas y contenidos no estén en contradicción con los
principios y valores fundamentales que inspiran nuestra sociedad.
§
Que los profesores que las impartan tengan la titulación académica
y pedagógica requerida y lo hagan en conformidad con la normativa básica de los
centros.
-
Los responsables o “jerarquía” de cada confesión religiosa tendrán una
potestad positiva, que se concretará:
§
En formar, seleccionar y proponer al profesorado competente, no
sólo en función de su idoneidad académica sino en función de su aptitud para
presentar adecuadamente la enseñanza religiosa en conformidad con el “credo” de
cada tradición. Esto se concreta lógicamente no sólo en un derecho de
presentación sino también de veto.
§
En elaborar los programas y contenidos de sus materias, teniendo
en cuenta las orientaciones generales pedagógicas de la Ley de Educación
vigente.
-
Ambas responsabilidades institucionales (Administración y Confesión
religiosa) han de ejercerse conjuntamente regulando en forma de convenios los
asuntos mixtos. Uno de ellos, de particular importancia, es el del estatuto
particular de los profesores que impartan estas enseñanzas (su perfil
profesional, contractual y laboral; su dotación económica…).
-
Allí donde sea necesario, en función de la demanda del alumnado, los
centros han de ofrecer junto a las enseñanzas confesionales una asignatura de
Fundamentos religiosos de carácter no confesional. Para ser coherente con el
conjunto del área, tendría que tener estas características:
§
Una presentación y estudio serio y objetivo del hecho religioso
(no por ser no-confesional, ha de ser anti-religiosa) en sus distintas facetas:
·
Como configurador de civilización y de cultura.
·
Como generador de valores y comportamientos humanos.
·
Como instancia crítica (con sus pros y contras) para el desarrollo
de la humanidad.
·
Como respuesta a necesidades profundas del ser humano.
§
Impartida por profesores de plantilla, con rigor y competencia
profesional y un espíritu formativo, no menos intenso por el hecho de no ser
confesional.
C. En
síntesis
Este
Proyecto apuesta claramente por un área mixta donde el civismo y las
creencias aprendan a convivir y apoyarse mutuamente, para bien del alumnado y de
la sociedad que todos formamos. Un área académica, por lo tanto evaluable en
sus diversas secciones y conjuntamente. Una escuela de convivencia, donde se
adquieran tanto los principios esenciales del tronco común como el conocimiento
y el respeto a las legítimas diferencias.
Lógicamente, no entro aquí en los detalles técnicos respecto a su desarrollo
curricular, su dosificación y calendario…, que sería competencia de la comunidad
educativa. |