PATRIMONIO DIOCESANO

DOCUMENTACIÓN

 

CONFERENCIA EPISCOPAL ESPAÑOLA

COMISIÓN EPISCOPAL PARA EL PATRIMONIO CULTURAL

  

La Delegación Episcopal para el patrimonio cultural de la Iglesia

Principios y sugerencias para su estructura y funcionamiento


  

  1. Presentación

  2. Introducción

  3. Principios generales

  4. Naturaleza y fines

  5. Estructura

  6. Funciones

  7. Criterios de actuación

  8. Relaciones

  9. Conclusión

 


Presentación

Los diferentes encuentros entre responsables inmediatos de la acción orientada a la debida gestión del patrimonio cultural de la Iglesia, han puesto en evidencia la necesidad de compartir problemas y experiencias, tanto en el campo del patrimonio, como en el de los medios personales y estructurales ordenados a su atención.

La conclusión a que se ha llegado, frecuentemente, en los distintos foros afines al amplio campo del patrimonio que nos ocupa, insiste en la conveniencia de cierta clarificación y hasta de una básica coincidencia en conceptos, principios, criterios y estructuras que permitan, en primer lugar, un lenguaje común. En segundo lugar, el trabajo en colaboración pide, también, una semejanza o analogía en los objetivos fundamentales y en los caminos a seguir por parte de quienes han recibido la misión de velar por la conservación, crecimiento y recta utilización del patrimonio cultural de la Iglesia.

Las páginas que siguen han sido redactadas a partir de las aportaciones de los documentos de la Santa Sede y de las reflexiones acerca de las diferentes realidades y ensayos diocesanos.

La motivación fundamental de este escrito es, ofrecer un instrumento, sencillo y básico, que facilite a quienes lo conozcan unos conceptos y principios fundamentales y algunas sugerencias para la estructuración y funcionamiento de las Delegaciones Episcopales para el Patrimonio Cultural de la Iglesia.

Aunque la nomenclatura con la que se hace referencia a las personas y organismos, que han de ocuparse de este campo eclesial, es explicablemente distinta en algunas diócesis, la necesidad de simplificar la redacción y de facilitar el entendimiento entre todos, nos ha llevado a elegir la más abundante; esto es: Delegación Episcopal para el Patrimonio Cultural de la Iglesia. La elección de este título, así como las propuestas para su estructuración y funcionamiento, no tienen otro objetivo que ofrecer unas pautas y hacer unas sugerencias, que faciliten el mejor desarrollo de un quehacer importante que, en última instancia, está al servicio de la evangelización y del culto. Por eso hemos propuesto como título de este breve fascículo orientativo: "LA DELEGACIÓN EPISCOPAL PARA EL PATRIMONIO CULTURAL DE LA IGLESIA. Principios y sugerencias para su estructura y funcionamiento".

Los destinatarios de estos principios y orientaciones son todas aquellas personas que trabajan en el cuidado, promoción y utilización del Patrimonio Cultural de la Iglesia al servicio de la evangelización, del culto y del diálogo con la cultura de nuestro tiempo.

El contenido de estas páginas y el contraste con las experiencias que aporta el acontecer de cada día, pueden ayudar, a esta Comisión Episcopal, a incorporar en su momento las modificaciones y los matices exigidos por la voluntad compartida de mejorar nuestros instrumentos de trabajo y por el interés de prestar el mejor servicio a las Diócesis.

Para dar la mayor seriedad a cuanto se ofrece en las orientaciones que siguen, hemos procurado atenernos principalmente al contenido de algunos documentos y alocuciones pontificias y a otros escritos emanados de organismos de la Santa Sede.

Todo ello, junto con las aportaciones de muchos Delegados, lo hemos ordenado de acuerdo con un esquema lógico, bien que no único.

Aunque en algunos puntos pueda parecer que es utópico aquello que se propone, hemos preferido mantener un nivel alto sabiendo que, al no tratarse de exigencia disciplinar alguna, puede ser válido como estímulo y como referencia conveniente.

Al ofrecer estas páginas, agradecemos la atención que les pueda prestar y cuantas observaciones considere oportuno hacer.

Madrid, 25 de abril de 2002

La Comisión Episcopal para el Patrimonio Cultural de la iglesia


  

Introducción

 1. "Llamamos `Patrimonio Cultural de la Iglesia' a los bienes culturales que la Iglesia creó, recibió, conservó y sigue utilizando para el culto, la evangelización y la difusión de la cultura. Son testimonio y prueba de la fe de un pueblo. Son también creaciones artísticas, huellas históricas, manifestaciones de cultura y civilización"1. Por `bienes culturales'2 entendemos el acervo de bienes de valor artístico, histórico, paleontológico, arqueológico, etnológico, etnográfico, musical, audiovisual, científico o técnico, documental y bibliográfico de titularidad eclesiástica con finalidad religiosa, ya directa, ya eventualmente indirecta3 o de inspiración católica en general.

2. La atención a los bienes culturales de la Iglesia, por su origen y su fin, es parte integrante de la misión pastoral de los Obispos4. Como ayuda al cumplimiento de dicha misión, se han creado en las distintas Diócesis las Delegaciones Episcopales, Comisiones, Secretariados o Departamentos Diocesanos5, para el Patrimonio Cultural6.

3. La Comisión Episcopal para el Patrimonio Cultural de la Conferencia Episcopal Española, con las presentes orientaciones, reiteradamente pedidas, quiere prestar un servicio a las Diócesis para la estructuración y funcionamiento de las Delegaciones Episcopales.


  

Principios generales

 4. Las distintas instituciones de la Iglesia, a lo largo de los siglos, han ido creando un extenso, variado y rico patrimonio cultural de singular importancia al servicio de la fe, de la evangelización, del culto y de la caridad.

5. Siendo el fin primario y propio de este patrimonio el servir a la vida y misión de la Iglesia, ésta lo valora como medio de evangelización y transmisión de la fe7, que durante tantos siglos ha sido fuente de inspiración para el mundo del arte y de la cultura.

6. Este patrimonio de titularidad eclesiástica tiene un interés y una importancia grandes para la identidad, la historia y la cultura de nuestro pueblo. En los diversos instrumentos jurídicos acordados entre el Estado Español y la Iglesia Católica se reconoce que la función primordial de estos bienes es el culto y la utilización con fines religiosos. Así mismo se manifiesta que estos bienes patrimoniales gozan de una especial relevancia en el conjunto del patrimonio cultural español8.

7. La Iglesia y las Administraciones Públicas han acordado colaborar en el conocimiento, conservación, restauración, puesta en valor, custodia y difusión del patrimonio eclesiástico. Ambas instituciones han establecido una legislación y desarrollado una normativa, firmado acuerdos, instituido ámbitos de coordinación y convenido unos procedimientos para actuar de forma conjunta. La Iglesia quiere también establecer mecanismos eficaces de colaboración con otras instituciones y entidades para conseguir los mismos objetivos.


  

Naturaleza y fines

 8. La Delegación Episcopal para el Patrimonio Cultural es un órgano pastoral y técnico de la Curia Diocesana para los bienes culturales, dependiente del Obispo, adscrito a la instancia que convenga en el organigrama de cada Diócesis.

9. La Delegación Episcopal para el Patrimonio Cultural es un órgano del Obispo en el ámbito de los bienes culturales9, mediante el cual éste ejerce habitualmente su responsabilidad en este campo. Asimismo colabora en la gestión de los bienes eclesiásticos en lo que respecta a sus valores culturales para la evangelización y el servicio de la sociedad.

10. La misión de la Delegación Episcopal para el Patrimonio Cultural es velar por el conocimiento, conservación, restauración, puesta en valor, custodia, difusión y promoción de los bienes culturales de la Iglesia, para que este legado creado, recibido y conservado por ella, continúe prestando su servicio a la comunidad cristiana y a la sociedad.

11. Corresponde al criterio del Obispo dotar a esta Delegación Episcopal para el Patrimonio Cultural de los medios humanos y técnicos adecuados, en la medida de las posibilidades, para cumplir su misión.


  

Estructura

 12. La gestión del patrimonio cultural requiere, en muchas ocasiones, el concurso de un equipo de colaboradores capaz de desarrollar las diversas funciones específicas de la Delegación Episcopal. En este campo es aconsejable contar con la oportuna colaboración de personas especializadas.

13. Al frente de la Delegación Episcopal para el Patrimonio Cultural, como responsable de la misma y coordinador del trabajo, está el Delegado Episcopal10. Sería conveniente que la persona encargada de esta responsabilidad tuviera:

a. Sensibilidad y aprecio hacia el patrimonio cultural de la Iglesia.

b. Conocimiento de la historia de la cultura, del arte, de la liturgia y muy especialmente del patrimonio diocesano.

c. Interés por una formación continua que le ayude a prestar un servicio eficaz.

d. Dedicación suficiente al desempeño adecuado de su misión.

e. Capacidad de gestión, organización, coordinación y trabajo en equipo, abierto al asesoramiento de técnicos y expertos en cada uno de los temas.

f. Convicción de la capacidad evangelizadora del patrimonio.

14. Es conveniente que en la Delegación Episcopal se integren los responsables de los sectores implicados en el patrimonio cultural de la Diócesis.

15. El cometido de la Delegación Episcopal es planificar, coordinar y revisar las actuaciones de los diversos sectores del patrimonio cultural de la Iglesia diocesana. Para ello es imprescindible un estilo de trabajo en el que se analicen los problemas y sus posibles soluciones, se elaboren y evalúen programas y se proyecten los servicios que el patrimonio cultural debe prestar a la Iglesia y a la sociedad.

16. Para un trabajo más eficaz y acertado es conveniente que la Delegación Episcopal cuente, según los casos, con Asesores que sean expertos en las materias de su competencia.


  

Funciones

 17. Teniendo en cuenta lo expuesto en los párrafos precedentes y sin intentar una enumeración exhaustiva, se indican a continuación unas funciones y tareas convenientes, pero no imprescindibles, de la Delegación Episcopal para el Patrimonio Cultural:

 

a. Valorar las numerosas formas de expresión cultural que la Iglesia ha creado y sigue creando en el cumplimiento de su misión.

b. Velar por la conservación de la memoria del pasado y por la tutela de los monumentos y documentos del espíritu, promoviendo una labor pormenorizada y continua de conocimiento, conservación, restauración, puesta en valor, custodia, difusión y promoción de los bienes culturales de la Diócesis11.

c. Fomentar nuevas creaciones que sean aptas para el culto y la educación en la fe, procurando para ello un contacto frecuente con los operadores del sector, de manera que también nuestra época pueda registrar obras que documenten la fe y el genio de la presencia de la Iglesia en la historia.

d. Contribuir desde su área propia al diálogo entre la fe y la cultura.

e. Alentar la formación del clero, de los artistas y de todos los interesados en los bienes culturales, para que el patrimonio de la Iglesia sea tenido en cuenta plenamente en el culto, en la catequesis, y en el servicio a la sociedad12.

f. Examinar los proyectos de restauración, reforma, adaptación y decoración del patrimonio eclesiástico, teniendo en cuenta la legislación y normativa vigentes.

g. Cuidar que el uso cultural de los templos responda a los criterios fijados por la Iglesia, y que el contenido de los actos respete el carácter sacro del lugar.

h. Proponer los criterios y condiciones para el préstamo de bienes culturales con destino a exposiciones.

i. Sugerir los criterios y las condiciones para la reproducción y comercialización de los bienes culturales y regular su correcta utilización.

j. Divulgar en la Diócesis los documentos eclesiales y la legislación civil referidos al patrimonio cultural.

k. Procurar que en las diversas muestras del patrimonio cultural de la Iglesia se ponga de relieve su naturaleza y finalidad.

l. Procurar que las iglesias, archivos, bibliotecas y museos de la Diócesis tengan unas instalaciones dignas y seguras; que estén dotados de medios adecuados; que su funcionamiento sea eficaz, y que estén atendidos por personal cualificado, de acuerdo con las normas y criterios establecidos13.

m. Promover cauces de diálogo y colaboración con los distintos organismos de la Administración Pública competentes en la conservación del patrimonio cultural, y con otras entidades de iniciativa social capaces de contribuir a estos fines.

n. Dialogar con los técnicos y hacer el seguimiento de los proyectos, cuando están siendo estudiados e informados por los organismos civiles competentes en materia de patrimonio cultural.

o. Colaborar con Fuerzas de Seguridad en la salvaguarda de los bienes culturales.


  

Criterios de actuación

 18. Como criterios de actuación de la Delegación Episcopal para el Patrimonio Cultural se pueden señalar los siguientes:

 

a. Actuar ce acuerdo con las orientaciones del Obispo y del Plan pastoral Diocesano, procurando que se lleven a la práctica aquellos puntos que hacen referencia al patrimonio cultural.

b. Tener en cuenta las directrices emanadas de la Santa Sede y de la Conferencia Episcopal Española.

c. Velar por el cumplimiento y adecuada aplicación de la normativa vigente en materia de patrimonio cultural.

d. Abrir cauces de colaboración con otras instancias diocesanas en aquellos campos que son comunes o en los que el patrimonio cultural pueda prestar un servicio útil.


  

Relaciones

19. Conviene señalar la oportunidad de que el Delegado Episcopal para el Patrimonio Cultural forme parte de los órganos diocesanos en los que se gestionan estos bienes patrimoniales.

20. Es conveniente que el Delegado Episcopal participe en cuantas reuniones de Delegados Episcopales para el Patrimonio Cultural se organicen en el ámbito nacional, de Provincia Eclesiástica o de Autonomía.

21. Son de especial interés las reuniones habituales de las Delegaciones Episcopales para el Patrimonio Cultural de una misma Provincia Eclesiástica con el fin de intercambiar experiencias, unificar criterios, marcar pautas de actuación coordinada, elaborar programas y proyectos conjuntos, establecer estrategias y propuestas comunes y preparar reuniones de la Comisión Mixta.

22. Conviene que, en la medida de lo posible, los Delegados de los Obispos que intervienen en las Comisiones Mixtas estén presentes también en las instituciones que tienen capacidad decisoria sobre el patrimonio cultural de la Iglesia.


  

Conclusión

 23. Estas orientaciones se ofrecen a las Diócesis como marco de actuación, que en cada lugar adoptará las concreciones más oportunas.


Notas

 

1 Declaración de El Escorial sobre Patrimonio Cultural 1. Jornadas Nacionales de Delegados Diocesanos para el Patrimonio Cultural, 27 de junio de 1996. Rev. Patrimonio Cultural, 25‑26 (1997) p. 10.

2 C.I.C. c. 1283, 2.

3 Cfr. CORRAL, C., I. ALDANONDO, Código del Patrimonio Cultural de la Iglesia, Madrid, Edice, 2001, p. 24.

4 Cfr. Sagrada Congregación para el Clero, La Conservación del Patrimonio Histórico‑Artístico de la Iglesia. Carta Circular a los Presidentes de las Conferencias Episcopales, 11 abril 1971. Rev. Patrimonio Cultural, 2 (1984) p. 11.

5 En adelante nos referiremos a estas instituciones bajo el título de Delegaciones Episcopales.

6 Ya el Concilio Vaticano II apuntó la creación de este tipo de organismos: Sacrosanctum Concilium 46: "Además de la Comisión de Sagrada Liturgia, se establecerán también en cada Diócesis, en la medida de lo posible, comisiones de música sagrada y de arte sagrado".

7. Juan Pablo II a los Obispos de las Provincias Eclesiásticas de Madrid, Mérida‑Badajoz, Toledo, Valladolid y Arzobispo Castrense en Visita ad Limina, 15.11.1997. Ecclesia 2.868 (1997), p. 24. Juan Pablo II a la II Asamblea Plenaria de la Pontificia Comisión para los Bienes Culturales de la Iglesia, Ecclesia 2867 (1997), p. 26.

8 Cfr. Documento relativo al marco jurídico de actuación mixta Iglesia‑Estado sobre Patrimonio Histórico‑Artístico (30.11.1980). Acuerdo de colaboración entre el Ministerio de Educación y Cultura y la Iglesia Católica para el Plan Nacional de Catedrales (25.02.1997). Acuerdos entre Iglesia y Comunidades Autónomas relativos a la composición y funcionamiento de las Comisiones Mixtas para el Patrimonio Cultural.

9 Cf. S. C. 126 y C.I.C. c. 187.

10 De acuerdo con la nota 5 nos referiremos siempre a esta figura con el nombre de Delegado Episcopal, entendiendo que puede referirse a los distintos nombres que en cada estructura diocesana tenga el responsable de este sector.

11 PONTIFICIA COMISIÓN PARA LOS BIENES CULTURALES DE LA IGLESIA, Carta Circular Necesidad y urgencia del inventario y catalogación de los bienes culturales de la Iglesia, 8 de diciembre de 1999.

12 Juan Pablo II a la Pontificia Comisión para los Bienes Culturales de la Iglesia (25.09.1997), L'Osservatore Romano, 1997, p. 494.

13 PONTIFICIA COMISIÓN PARA LOS BIENES CULTURALES DE LA IGLESIA, Carta Circular Bibliotecas eclesiásticas en la misión de la Iglesia, 10 de abril de 1994; Carta Circular La función pastoral de los archivos eclesiásticos, 2 de febrero de 1997, y Carta Circular La función pastoral de los Museos eclesiásticos, 15 de agosto de 2001.

 

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