PATRIMONIO DIOCESANO

DOCUMENTACIÓN

 

ACUERDO SOBRE LA CONSTITUCIÓN, COMPOSICIÓN Y FUNCIONES DE LA COMISIÓN MIXTA

JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN - OBISPOS DE LA IGLESIA CATÓLICA DE CASTILLA Y LEÓN

PARA EL PATRIMONIO CULTURAL

16 de enero de 1984


En el marco jurídico de la Constitución Española y del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, y en cumplimiento del artículo XV del Acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede sobre Enseñanza y Asuntos Culturales, de 3 de enero de 1979, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Educación y Cultura, y los Obispos de la Iglesia Católica de las Diócesis con territorios pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Castilla y León, han estimado conveniente colaborar en el estudio, defensa, conservación y acrecentamiento del Patrimonio de la Iglesia Católica en Castilla y León, con el fin de coordinar sus acciones en este campo.

 El Patrimonio Histórico, Artístico y Documental propiedad de la Iglesia Católica sigue siendo parte importantísima del acervo cultural de la Comunidad Autónoma, por lo que -teniendo siempre en cuenta su finalidad primordialmente religiosa- el conocimiento, la catalogación, la conservación, el incremento y la puesta de tan valioso patrimonio al servicio y disfrute de los ciudadanos, justifican ampliamente la colaboración técnica y económica, entre la Iglesia Católica y la Comunidad Autónoma, con el respeto debido a sus respectivas competencias en la materia.

 Para hacer efectiva esta colaboración, ambas partes han expresado su voluntad de establecer una Comisión Mixta para el Patrimonio Cultural de la Iglesia Católica en Castilla y León.

 En consecuencia, la Junta de Castilla y León y los Obispos de la Iglesia Católica de las Diócesis con territorio en la Comunidad Autónoma aprueban el siguiente acuerdo:

 

Artículo 1º

 Queda constituida la Comisión Mixta Junta de Castilla y León-Obispos de la Iglesia Católica de Castilla y León para coordinar las actuaciones sobre los bienes culturales de titularidad eclesiástica localizados en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma.

 

Artículo 2°

 La Comisión estará integrada por:

- El Excmo. Sr. Consejero de Educación y Cultura de la Junta de Castilla y León
- El Excmo. Sr. Obispo Delegado de los Obispos de la Iglesia Católica de Castilla y León.
- El Ilmo. Sr. Director General de Patrimonio Cultural de la mencionada Junta.
- El Subdelegado de los Obispos de la Iglesia Católica de Castilla y León.
- Cuatro vocales designados por el Consejero de Educación y Cultura.
- Cuatro vocales que lo serán por los Obispos de la Iglesia Católica de Castilla y León.

 

 Artículo 3°

 Serán objeto y funciones de la Comisión:

a) Preparar y elevar a los Órganos Ejecutivos propuestas de programación de intervenciones, sobre los bienes pertenecientes a la Iglesia Católica, en las siguientes cuatro áreas culturales:

- Archivos y Bibliotecas.
- Bienes Muebles y Museos.
- Bienes Inmuebles y arqueológicos.
- Difusión cultural.

b) Indicar las condiciones generales para poner a disposición de la Junta de Castilla y León y su Administración periférica, con el objeto de desarrollar actividades culturales, los inmuebles eclesiásticos.

c) Proponer las condiciones de uso y disfrute por los ciudadanos de los Monumentos, Museos, Archivos, etc., de los que sea titular la Iglesia Católica.

d) Estudiar y dictaminar las peticiones de ayuda económica y técnica dirigidas a la Consejería de Educación y Cultura de la Junta por parte de las entidades de la mencionada Iglesia Católica.

e) Emitir dictámenes sobre adjudicación de tales peticiones.

f) Recomendar prioridades tanto de las ayudas económicas o técnicas como de los programas culturales que afecten a la Iglesia Católica.

g) Fijar los módulos de Catalogación e Inventario de Archivos, Bibliotecas, Museos y Patrimonio Histórico, mueble e inmueble, de la Iglesia Católica, y el modo de su realización.

h) Conocer cualquier otra acción que pueda afectar global y puntualmente al Patrimonio Cultural de la Iglesia Católica en Castilla y León.

 

Artículo 4º

La Comisión estará copresidida por el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Cultura de la Junta de Castilla y León y el Excmo. Sr. Obispo Delegado de los Obispos de la Iglesia Católica de Castilla y León. Actuarán como Vicepresidentes el Ilmo. Sr. Director General de Patrimonio Cultural y el Subdelegado de los Obispos de la Iglesia Católica de Castilla y León, y como Secretarios dos vocales a este fin designados por cada uno de los Presidentes.

 

Artículo 5°

La Comisión funcionará en Pleno y en Permanente. El Pleno se reunirá, a convocatoria de sus copresidentes, como mínimo una vez cada trimestre. La Permanente estará integrada por el Director General de Patrimonio Cultural, el Subdelegado de los Obispos de la Iglesia Católica de Castilla y León y dos miembros de la Comisión designados por cada una de las partes firmantes de este Acuerdo y atenderá a la solución de aquellos problemas que por su urgencia no puedan esperar a la reunión del Pleno.

 

 Artículo 6º

 En el seno de la Comisión funcionarán cuatro grupos de trabajo: Archivos y Bibliotecas, Bienes Muebles y Museos, Bienes Inmuebles y Arqueología, y Difusión cultural. Cada uno de los mencionados grupos estará constituido por los Vicepresidentes de la Comisión y dos Vocales, designados uno por cada parte.

 

Artículo 7º

Las reuniones del Pleno irán precedidas por las de los distintos grupos de trabajo, cuyos informes y propuestas serán comunicados a los Secretarios de la Comisión, con no menos de quince días de antelación con respecto a la convocatoria del Pleno, al objeto de que puedan ser estudiadas por todos los miembros de dicha Comisión.

 

Artículo 8º

 Los acuerdos de la Comisión se considerarán firmes por las dos partes si no hubieran sido protestados en el término de treinta días después de haberse comunicado por escrito a los organismos respectivos con capacidad decisoria.

 

Artículo 9º

 Este Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, y tendrá vigencia mientras las partes, o una de ellas, no propongan su revisión.

 

Valladolid, 16 de enero de 1984

 

El Consejero de Educación y Cultura de la Junta de Castilla y León

El Delegado de los Obispos de la Iglesia Católica de Castilla y León

 

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