Pobreza, Indigencia y Miseria

 

No es buen momento el de la justicia penal y penitenciaria. El espíritu del 11 de septiembre, el incremento objetivo de ciertos delitos y la sensación de inseguridad que se ha apoderado de algunos conciudadanos, hábilmente manejada por los medios de comunicación que han convertido la página de sucesos en primera plana habitual...,  está contribuyendo a que no nos encontramos en uno de los momentos más felices de la historia penal. Por otra parte, se nos anuncia por el Gobierno una auténtica cascada de reformas legales. Sin duda la intención es buena: mejorar la eficacia del sistema penal. Pero cabe preguntarse a qué precio, hasta qué punto la llamada “tolerancia cero” -singular-mente para el pequeño delito- es compatible con las cotas de dignidad y garantías jurídicas que, mal que bien, hemos alcanzado, o para cuándo una análisis más riguroso de las causas de la delincuencia y las desigualdades sociales que subyacen. Pero también es verdad que quizá es ahora  más momento de proponer que de protestar, de invitar a la iniciativa que a lamentarnos estérilmente. Todos tenemos por delante mucha tarea y, sobre todo, no podemos olvidar que “la materia prima” de la pastoral penitenciaria es ese bendito factor humano, que en cuanto hechura divina es razón más que suficiente para que no decaiga la esperanza. 

 

Proponemos cinco sencillas afirmaciones, con base en la realidad jurídico penal cotidiana,  para invitar a la reflexión sobre la realidad que tenemos y, sobre todo, para presentar nuevos retos y dar pistas para la acción.

 

1.  - Humanizar significa reconocer al otro.

 

Ni la víctima es una mera prueba de cargo al servicio de una futura condena, ni el infractor es reducible a objeto de castigo y destinatario de la higienización social. Las personas no pueden ser tratadas como objetos, incluso aun cuando su comportamiento pueda haber sido enormemente desafortunado.  El reconocimiento precisa apertura a la intersubjetividad y ello requiere contacto –inmediación judicial-, comunicación, lenguaje inteligible, y una mínima capacidad de ponerse en el lugar del otro, por “muy otro” que pueda ser. 

 

Esta humanización no precisa inversión dineraria. Basta un mínimo de eticidad. Tiene aplicación práctica también en las situaciones más tremendas imaginables. Incluso la comunicación del ingreso en prisión al imputado puede adoptar diversas fórmulas. Una, la habitual fría comunicación a través del agente judicial, del  “queda constituido en prisión” y  “firme aquí abajo”, más la habitual retahíla de artículos y una palabrería incomprensible. Por el contrario, la otra, el “cara a cara” juez-imputado, en el que el primero, después de haber escuchado y recogido cuantas circunstancias hacen al caso -y lo hacen todas las que se refieren a la persona del autor y las circunstancias del hecho- le indica que nadie puede abusar de nadie, y que nadie tiene derecho a ir por la calle blandiendo una navaja y que a eso hay que poner límites y, por tanto, va a ser ingresado en prisión, sin perjuicio de que en unas semanas esté dispuesto a reconsiderar la posibilidad de una alternativa que satisfaga mejor la necesidad de un tratamiento de la drogodependencia del autor. Soy testigo de que el detenido así tratado se despide de su señoría hasta dando las gracias.

 

 

2.- Humanizar exige también diversificar

 

Sin embargo, obviamente, no todo es cuestión de humanidad y buena educación. Humanizar exige también diversificar, tratar de forma diferenciada lo que es distinto, individualizar adecuadamente la respuesta al conflicto social que introduce el delito. Ello supone avanzar en la superación de la, hasta ahora, única respuesta: la privación de libertad. Con uno u otro nombre –prisión o internamiento- va ampliándose el campo de acción de su idéntico contenido esencial (Incluso las personas inmigrantes en situación administrativa irregular son sometidos a un régimen netamente más restrictivo de derechos que el de la prisión provisional). Hay que superar la misma respuesta-tipo para situaciones tan diversas como las de un drogodependiente que comete un robo para saciar su adicción, un inmigrante que falsifica el permiso de trabajo, un empresario que impone condiciones inaceptables a sus trabajadores, un muchacho que ha pasado 500 pesetas de hachís a otro, o el adulto que ha vendido dos kilos de la misma sustancia. Por sorprendente que pudiera parecer, estas diversas situaciones (distinta la naturaleza de los hechos, diferentes las circunstancias personales) pueden recibir idéntica respuesta penal en la tarifa de tiempo de cárcel. No será necesario un derroche de imaginación para pensar en fórmulas diversas a la prisión para dar respuesta a los hechos enunciados y minimizar la posibilidad de su reiteración.

 

3.- Humanizar la justicia penal reclama priorizar

 

Priorizar los hechos concretos sobre la elucubración abstracta y el formalismo en que quedan atrapados los operadores jurídicos las más de las veces. Recuperar la centralidad y el protagonismo de los hechos. Para ello habrá que preguntarse qué ha pasado, por qué y cómo ha ocurrido y de qué forma se puede disminuir el riesgo de que vuelva a suceder. Los juristas, en general, son bastante dados a las abstracciones especulativas pero  huyen de lo concreto. Por ello no se contextualiza adecuadamente el delito ni se singulariza suficientemente al infractor y a su víctima. Como señala la jueza Manuela Carmena, abogados y fiscales se enzarzan en largas y tediosas disputas forenses acerca de hasta dónde llega el “animus necandi” (ánimo de matar) y el tipo de “dolo” concurrente (intencionalidad), y a nadie se le ocurre preguntar por el cuchillo con el que se produjo la agresión (las más de las veces nadie sabe dónde está) y si era grande y jamonero o romo y pequeño. Mucho menos tiempo ocupa saber las circunstancias personales, el proceso de socialización seguido por el infractor etc. por más que sean circunstancias que tienen directa traducción técnica en la pena a imponer, con una diferencia de un buen número de años de cárcel en muchos casos.

 

4. - No se puede humanizar mientras se cierren los ojos a las consecuencias de la aplicación del sistema penal.

 

            ¿Cómo es posible que el tribunal que condena a 15 años de cárcel a una persona no tenga ni la más remota idea durante todo ese tiempo de las condiciones efectivas de cumplimiento, de su evolución personal, las  consecuencias reales de la pena sobre ella, incidencias en la ejecución etc., salvo que se produzca su fallecimiento o el licenciamiento de la condena? Tribunal y reo no se volverán a encontrar jamás. Al igual que los médicos en su formación pasan por la morgue,  jueces, fiscales y abogados no debieran poder ejercer sin conocer de primera mano el derecho penal en sus consecuencias, sin haberse pasado por la cárcel y conocer su funcionamiento real. De esta forma se aminoraría el abismo que separa la legalidad formal de la cruel realidad.

 

5.- Humanizar es proscribir lo indigno e inhumano.

 

Si el sistema penal, y de modo particular la cárcel, presenta serios déficits de legitimación ética, determinadas condiciones de cumplimiento de la pena constituyen tratos inhumanos y degradantes. Nos referimos a las penas de duración desmedida (que hacen ilusoria cualquier posibilidad de recuperar la sociabilidad), a las penas sufridas en condiciones de extremado aislamiento (casos hay con 10 y más años de régimen especial) y a las penas de ejecución tardía (cuando la persona que cometió el delito y aquella sobre la que va a recaer la prisión son “diferentes” porque el transcurso de los años ha provocado importantes cambios a mejor –abandono de drogodependencia, estabilidad familiar y laboral etc.). No podemos silenciar la existencia en el estado español de varios centenares de condenados a penas de 50, 60 y más años efectivos (no meramente nominales) de cárcel y  no precisamente por delitos de terrorismo o contra la vida, sino debido a singulares avatares técnico-procesales, en buena medida ajenos a los propios condenados.  Del mismo modo, resulta singularmente cruel la situación de determinados primeros grados, sometidos a un cruel régimen de incomunicación que acaba por enloquecerlos, como ha puesto de relieve el mismísimo Defensor del Pueblo. Finalmente, el sinsentido de que un drogodependiente rehabilitado tenga que ingresar en prisión para cumplir una pena de 3 años y 6 meses porque hace 8 años pasó a otro drogodependiente una papelina con 5 miligramos de heroína, sólo se ve superado por el hecho de que el llamado Código de la Democracia no contenga ninguna previsión legal para estos supuestos en manos del juez.

 

6.- Humanizar exige lo elemental: conocer

 

No es de recibo que no tengamos cifras fiables de la criminalidad en España. Ya no se trata de que no cuadren las de unas y otras fuentes oficiales en muchos ceros. No hay ninguna previsión para saber cuantos presuntos delitos acaban siendo propiamente tales, qué sentencias se ponen, por qué delitos, cuántas se suspenden, que sucede con las alternativas... No hay ningún dato de las resoluciones judiciales que se ponen en España. No está siquiera contemplado.  El Consejo General del Poder Judicial debiera impulsar la facilitación de una estadística que evitase computar como asesinato –engrosando la cifra de muertes intencionadas y la consiguiente  alarma social- lo que fue una caída accidental por la escalera, por más que inicialmente fuera imputada a quien fue simple testigo del incidente (el caso no es ficticio). Así evitaríamos la constante manipulación de datos a que nos someten unos y otros políticos y podríamos conocer la evolución real de los problemas sociales. Impediríamos afirmaciones que vinculan en el inconsciente colectivo la idea de delito con la de la inmigración, al apuntarse, como se ha hecho por las autoridades, que más de ¾ partes de los presos preventivos del primer trimestre del 2002 son extranjeros,  sin señalar al tiempo –sino todo  lo contrario- que eso en modo alguno significa lo que parece que las ¾ de los delitos los cometan extranjeros. El truco: siguiendo los criterios de la Fiscalía General del Estado se pide sistemáticamente prisión para el extranjero en situación irregular,  incluso por simples faltas que se podrían saldar con multa de ¡2 euros! Mientras, los infractores autóctonos, incluso por ilícitos más graves, obviamente tienen arraigo en el territorio nacional y domicilio estable en los últimos años, con lo que eluden la prisión. La correlación, por tanto, se da entre actuación selectiva, “tolerancia cero” e inmigración, y no entre ésta y delito. Ello al margen de que los filtros selectivos del sistema penal se ceben de manera singular en los sectores más vulnerables y precarizados (lo que en absoluto equivale a decir que éstos delincan más: son, simplemente, más controlados, más investigados, más detenidos, más juzgados, más condenados y, a la postre, más prisionizados). Si en vez de fijarse obsesivamente en el color de la piel de los viandantes, la policía investigase las tripas de los ordenadores domésticos de buena parte de los lectores (“infectadas” de programas pirata no originales) el perfil de la delincuencia sería  muy otro y el lamentable papelón que están jugando gobierno y oposición –tanto monta, monta tanto- con el retrógrado y emotivista discurso de la “tolerancia cero” sería, a buen seguro, muy otro.

Interpelaciones  

 

1.      ¿Es posible caminar hacia una justicia que invite a una humanización de quienes no sepan o no puedan tener un comportamiento social correcto y adecuado? O ¿esto es una utopía y la justicia es la mejor arma que tienen quienes detentan el poder y el capital?

 

2.      Como dice el título de este tema ¿estamos en manos de una justicia con un poder implacable, o el sistema judicial es un instrumento adecuado para caminar correctamente hacia una convivencia pacífica, promovedora de responsabilidades?

 

3.      Desde vuestra experiencia ¿qué han aportado los juicios rápidos? ¿Comportan alguna solución?

 

4.     ¿Qué pasos se tienen que producir en nuestra sociedad para apostar por una justicia capaz de fijarse más en la regeneración de la persona que en la sanción y el castigo?

Oración - plegaria

 


Juez

 

Entro en la sala, todos me miran y el silencio me sobrecoge. Mi corazón se acelera y mi respiración se hace profunda. Todos esperan una sentencia..., descubro el poder de mi palabra; y pienso: sólo Tú, Señor, tienes el poder de la Palabra. Ilumíname, ahora, que mi palabra se convierte en ley y justicia; que mi palabra sea luz que ilumine la vida de este hombre roto. Tú sabes que de mi decisión depende un trozo de la vida de este hombre: puedo decidir una vid en libertad o una vida hundida entre rejas. En este momento martillea mi mente: “la verdad os hará libres”, contemplo al acusado que me mira expectativamente y descubro en él una persona tirada, moneda de cambio de ocultos intereses...

No se cuál será mi sentencia pero en el fondo de mi corazón quiero pedirte, Señor, que lleves a esta persona al taller de tu misericordia para restaurar la verdad; así, su dignidad, integridad y libertad quedarán a salvo.

 

Testigo

 

Me piden que testifique lo que he visto y oído, pero, Señor, ¿qué es lo que realmente ha sucedido? Yo he visto algo externo, pero ¿qué se yo de lo que pasó por el cerebro y el corazón de aquellas personas. Y, ahora, ¿qué? ¿qué debo hacer? ¿qué voy a decir? ¿cómo puedo ayudar? Y todo se complica si me empeño en verlo sucedido desde tu perspectiva de Dios Padre: ¿coincide nuestra justicia con la tuya? ¿es igual tu visión de los hechos que la mía? ¿dónde está la verdad? Señor, dame la fuerza de tu espíritu para creer en la justicia, para saber poner en mis labios las palabras acertadas que engendren esperanza y sean embajadoras de tu misericordia.

 

Víctima

 

Dolor, odio, impotencia, rabia, rencor, desconfianza, venganza, miedo, inseguridad. Todo se me viene a la cabeza cuando recuerdo aquel amargo momento. ¡Señor! Tú sabes cuánto me cuesta traer a la mente ese instante cargado de violencia y sangre. Líbrame de él, límpiame el corazón y hazme fuerte. Borra en mí todo sentimiento negativo y lléname de amor, perdón, misericordia, confianza, alegría, paz, libertad...

 

Ayúdame, Señor, a entender a mi agresor para poder perdonarle y liberarme de tantas pesadillas. Señor, dame fuerzas para liberar mi conciencia de miedos y complejos y ser así instrumento de tu paz y perdón, aunque cuantos me rodean me tomen por tonto y no me entiendan. Libérame del odio y a mi agresor bendícele con tu paz para que los dos podamos orar tu oración: ¡Padre, perdónanos para que podamos perdonar!

 

Orar... en la cárcel, Rev. Orar nº 157, Burgos 2003, pag 20